lunes, 30 de junio de 2014

Venezuela entró a la lista negra sobre trata de personas

Venezuela entró a la lista negra sobre trata de personas

Washington (DPA). El Departamento de Estado de Estados Unidosincluyó hoy a Venezuela, Tailandia y Malasia en "la lista negra" de países que no cumplen unos estándares mínimos a la hora de luchar contra el tráfico de personas ni hacen esfuerzos para cumplirlos, lo que podría traducirse en sanciones a esas naciones.
Desde hace 14 años, el Departamento de Estado publica un informe sobre el tráfico de personas en el que evalúa los esfuerzos de 188 países en la lucha contra el tráfico de personas.
Este año "la lista negra" está integrada por 23 países, entre los que se encuentran Cuba, Rusia, Arabia Saudí, Corea del Norte e Irán.
El presidente Barack Obama tiene ahora 90 días para determinar si aplica sanciones a los integrantes de la "lista negra".
En su informe, el Departamento de Estado asegura que "las niñas y mujeres venezolanas, incluidas algunas atraídas desde las regiones interiores pobres a los centros urbanos y turísticos como Caracas, Maracaibo e Isla Margarita, están sujetas al tráfico sexual dentro del país", muchas de ellas atraídas por "una falsa oferta laboral".
Tambien denuncia la prostitución forzosa de mujeres venezolanas en las islas del Caribe, "a donde son llevadas en pequeños botes desde las zonas costeras", y que niños venezolanos son obligados a trabajar como empleados domésticos dentro del país.
China, por su lado, ha mejorado su calificación y ha abandonado "la lista negra" para pasar a "la lista de alerta", al constatar el Departamento de Estado que Pekín ha tomado medidas para abolir los campos de reeducación a través del trabajo.
El jefe de la diplomacia estadounidense John Kerry fue el encargado de presentar hoy el informe en Washington y estuvo acompañado de diez víctimas del tráfico de personas, entre ellas la peruana Jhinna Pinchi, "la primera víctima de tráfico de personas en Perú a enfrentarse a su traficantes en el tribunal".
En 2013 se identificaron un total de 44.758 supervivientes del tráfico de personas en todo el mundo, pero más de 20 millones de víctimas no pudieron ser identificadas, precisa el informe.
EL RÁNKING
Chile, Nicaragua y España son los únicos países hispanohablantes que se encuentran en la primera categoría, integrada por aquellos países que cumplen plenamente con la Ley de Protección a las Víctimas de Tráfico (TVPA, por sus siglas en inglés).

Colombia ha pasado este año de la primera categoría a la segunda, una lista integrada por aquellos países que no cumplen totalmente los estándares mínimo de la TPVA pero que están haciendo esfuerzos significativos para lograrlo.
La rebaja de categoría de Colombia se debe a que este país se concentró en el tráfico internacional de personas y descuidó los casos de abusos en el interior del país.
En la segunda categoría también se encuentran Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, República Dominicana, Guatemala, Paraguay, México y Perú.
Bolivia, Panamá y Uruguay se encuentran en "la lista de alerta"de países en los que el número de víctimas ha aumentado significativamente o sus gobiernos no han aportado pruebas de sus esfuerzos realizados para luchar contra el tráfico de personas.

Fuente: Elcomercio.pe
Publicación: 20/06/2014

viernes, 27 de junio de 2014

Ramos y Omonte firman convenio contra la trata de personas

Ministerio Público dará apoyo técnico al Ministerio de la Mujer en materia de prevención y persecución de ese delito

Ramos y Omonte firman convenio contra la trata de personas

El fiscal de la Nación, Carlos Ramos Heredia, y la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Carmen Omonte, suscribieron esta mañana un convenio mediante el cual las instituciones que representan establecerán mecanismos para desarrollar estrategias de trabajo para enfrentar la trata de mujeres, niños y adolescentes.
Este convenio establece que el Ministerio Público brinde apoyo técnico en materia de prevención y persecución del delito de trata de personas y de la lucha contra la explotación sexual de niños y adolescentes.
El Ministerio Público coordinará la aplicación de los protocolos institucionales para la atención y protección a víctimas de trata de personas.
Otro de los compromisos firmados por el fiscal de la Nación, es el de elaborar propuestas para la implementación de fiscalías especializadas en delitos de trata de personas. 
Ramos Heredia saludó la firma de este convenio que permitirá que las dos instituciones mencionadas logren acciones efectivas para disminuir el delito de trata de personas, que en los últimos años se ha incrementado desmedidamente, principalmente en el interior del país.

Fuente: elcomercio.pe

Publicación: 26/06/2014

Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura

El 12 de diciembre de 1997 la Asamblea Generalde las Naciones Unidas en la Resolución 52/149 proclama el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, con vistas a la erradicación total de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que entró en vigor el 26 de junio de 1987.

Antecedentes
En 1948 la comunidad internacional condenó la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en la Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. En 1975, en respuesta a las campañas organizadas por diversas organizaciones no gubernamentales (ONG), la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Durante los años ochenta y noventa se hicieron avances tanto en el desarrollo de las normas e instrumentos jurídicos como en la imposición de la prohibición de la tortura. La Asamblea General creó en 1981 el Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura para financiar a las organizaciones que brindaban asistencia a las víctimas de la tortura y a sus familias. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes fue aprobada por la Asamblea General en 1984 y entró en vigor en 1987. Existe un órgano de expertos independientes, denominado Comité contra la Tortura, que se ocupa de vigilar la aplicación de la Convención por los Estados Partes. La Comisión de Derechos Humanos nombró en 1985 al primer Relator Especial sobre la cuestión de la tortura, un experto independiente al que se le encomendó la misión de informar sobre la situación de la tortura en el mundo. Durante el mismo período, la Asamblea General aprobó diversas resoluciones en las que destacaba la importancia que podía tener el personal de atención de la salud en la protección de los presos y detenidos contra la tortura y estableció diversos principios generales para el trato de los reclusos y detenidos. En diciembre de 1997 la Asamblea General proclamó el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en apoyo de las víctimas de la tortura.
Las Naciones Unidas han destacado en numerosas ocasiones la importancia del papel que desempeñan las ONG en la lucha contra la tortura. Las ONG no sólo han propugnado el establecimiento de instrumentos y mecanismos de vigilancia de las Naciones Unidas, sino que han hecho una aportación valiosa a la aplicación efectiva de éstos. Los expertos, en particular el Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y el Relator Especial sobre la violencia contra la mujer, así como diversos órganos de vigilancia del cumplimiento de los tratados, como el Comité contra la Tortura, se sirven en numerosas ocasiones de la información que les comunican las ONG y los particulares.
«[S]e entenderá por el término “tortura” todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.»
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984, art. 1, párr. 1)

Fuente:  noticiaaldia.com
Publicación: 26/06/2014